Avanza en 7 estados ley de extinción de dominio

23 de Octubre de 2024

Avanza en 7 estados ley de extinción de dominio

Falta aún el aval de al menos diez congresos más para que la reforma constitucional quede plenamente aprobada

Las reformas a los artículos 22 y 73 constitucionales en los que se determinan los alcances de la Ley de Extinción de Dominio, impulsada por el gobierno federal, ya cuenta con el respaldo de siete legislaturas locales. Los congresos de Sinaloa, Chiapas, Oaxaca, Tabasco, Veracruz, estado de México y Puebla, son los primeros en aprobar las reformas y adiciones, faltan al menos 10 congresos más para que la reforma constitucional sea plenamente aprobada. De acuerdo al artículo 22 “la acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función”. Destaca los casos en los que no se puede ejercer la restricción del derecho: “No se considerará confiscación la aplicación de bienes de una persona cuando sea decretada para el pago de multas o impuestos, ni cuando la decrete la autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito. Tampoco se considerará confiscación el decomiso que ordene la autoridad judicial de los bienes en caso de enriquecimiento ilícito en los términos del artículo 109, la aplicación a favor del Estado de bienes asegurados que causen abandono en los términos de las disposiciones aplicables, ni de aquellos bienes cuyo dominio se declare extinto en sentencia”. Una vez que pase la prueba de las legislaturas locales, el Congreso de la Unión procederá a establecer los lineamientos, es decir, las leyes secundarias en materia de extinción de dominio. EC

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