El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió los aspirantes a la dirigencia de Morena no deben renunciar ni pedir licencia a su cargo público o de estructura en el partido.
El 23 de septiembre la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena emitió la convocatoria para en el proceso de elección del presidente de este órgano político, en el que establecía que quienes estuvieran interesados en participar, pero tuvieran un cargo público o en la estructura del partido, debían separarse de éste o pedir licencia.
Ello provocó que militantes presentaran demandas contra dicha regla, ya que consideraban que la CNHYJ no tiene la competencia para emitir lineamientos ni para modificar la convocatoria o establecer restricciones que no se encuentren previstas en la normativa del partido.
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del TEPJF determinó que el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) es el órgano partidista facultado para emitir las disposiciones relativas a la separación del cargo de aquellos militantes que ostenten un cargo de elección popular o público y que tengan la intención de postularse a un cargo en el partido.
“Por tanto, fue incorrecto que delegara esa función a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, lo que es contrario a su propio estatuto y a la Ley de Partidos”. YR
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