Aprueban Ley de Vivienda; sin "plusvalía"

29 de Noviembre de 2024

Aprueban Ley de Vivienda; sin “plusvalía”

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Con 57 votos a favor y cero en contra, suprimen el concepto y modifican el Artículo 94

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Redacción ejecentral

Con 57 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó en lo general y en lo particular las observaciones hechas a la nueva Ley de Vivienda de la Ciudad de México y acordaron suprimir el concepto de captación de plusvalías.

Desde la Tribuna, Dunia Ludlow Deloya, presidenta de la Comisión de Vivienda, reconoció la voluntad de las fuerzas políticas para aclarar y solventar las observaciones remitidas por el gobierno local, a fin de establecer el acceso a la vivienda como derecho y determinar un nuevo modelo de desarrollo urbano participativo e integral.

Señaló que “de ninguna manera, bajo ninguna circunstancia, esta ley de vivienda propone crear nuevos impuestos. El concepto de captación de plusvalías no significa ningún atentado contra la propiedad privada, porque está consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y ninguna ley, ningún ordenamiento puede estar por encima de la Carta Magna”.

El dictamen de esta nueva Ley, propuesta por los diputados Leonel Luna Estrada, presidente de la Comisión de Gobierno y Dunia Ludlow, modificó la Fracción 20 del Artículo 26 para quedar de la siguiente forma:

“Crear mecanismos para combatir los procesos de acaparamiento, subutilización, acaparación de los terrenos que tiendan a revertir a favor de la sociedad el valor generado por el desarrollo y el crecimiento urbano.”

Respecto del Artículo 94, referente a las plusvalías, se realizó una armonización de la Ley General de Asentamientos Urbanos, en atención de las observaciones remitidas por el jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera cuyo ordenamiento quedó aprobado de la siguiente manera:

“El gobierno de la Ciudad de México destinará los recursos recabados por concepto de mejoras, medidas de mitigación e incrementos a la densidad por parte de empresas desarrolladoras, al mejoramiento del espacio público, infraestructura urbana y en general al entorno de la zona donde se llevó a cabo el desarrollo. “Asimismo, podrá proponer modificaciones al órgano legislativo en materia de desarrollo urbano a fin de contribuir al financiamiento e instrumentación del ordenamiento territorial el desarrollo urbano sustentable y el desarrollo metropolitano en condiciones de equidad conforme lo establecido en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. “La Secretaría de Finanzas propondrá, conforme a sus atribuciones, asignar al Instituto de Vivienda un porcentaje de estos recursos para la adquisición de reservas para la construcción de vivienda de interés social y popular, así como para la producción social del hábitat y de vivienda”. En congruencia con estos cambios, puntualizó la presidenta de la Comisión de Vivienda, se eliminó el Artículo 90 transitorio.