Aprueban dar hasta dos años de prisión por maltrato animal

27 de Diciembre de 2024

Aprueban dar hasta dos años de prisión por maltrato animal

PUEBLA, PUEBLA, 20JULIO2019.- Cada 21 de julio se celebra en nuestro país el Día Internacional del Perro con la finalidad de hacer conciencia sobre la responsabilidad de adoptarlo como mascota y promover la adopción de los que permanecen en las calles.

PUEBLA, PUEBLA, 20JULIO2019.- Cada 21 de julio se celebra en nuestro país el Día Internacional del Perro con la finalidad de hacer conciencia sobre la responsabilidad de adoptarlo como mascota y promover la adopción de los que permanecen en las calles. FOTO: MIREYA NOVO /CUARTOSCURO.COM

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Mireya Novo/Mireya Novo

PUEBLA, PUEBLA, 20JULIO2019.- Cada 21 de julio se celebra en nuestro país el Día Internacional del Perro con la finalidad de hacer conciencia sobre la responsabilidad de adoptarlo como mascota y promover la adopción de los que permanecen en las calles. FOTO: MIREYA NOVO /CUARTOSCURO.COM
FOTO: MIREYA NOVO /CUARTOSCURO.COM

Quedarán exentos de sanciones quienes causen la muerte o mutilen un animal por actividades culturales, así como el sacrificio para consumo humano

Aquellas personas que atenten contra la vida y la integridad de los animales podrán hacerse acreedores a una multa de más de 13 mil pesos, jornadas de trabajo comunitario y hasta dos años de prisión.

Con 444 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código penal Federal en materia de delitos contra la vida e integridad de los animales.

De acuerdo con la reforma aprobada en San Lázaro, toda persona que dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado será sancionado con 10 a 100 días de multa; así como con 60 a 180 jornadas de trabajo comunitario.

Se señala, además, que se le impondrá una pena de tres meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) – algo así como de 8 mil y hasta 13 mil pesos – a quien dolosamente cause sufrimiento a un animal, sin que provoque la muerte inmediata, cause lesiones que pongan en peligro su vida o le cause lesiones o marcas permanentes.

Quedarán excluyentes de responsabilidad aquellas personas que causen la muerte o mutilen a un animal por actividades culturales o cualquier otra actividad lícita.

También se considera en este rubro la mutilación de un animal por causa justificada y bajo el cuidado de un especialista o persona que esté debidamente autorizada o cuente con conocimientos técnicos de la materia.

https://twitter.com/Mx_Diputados/status/1374493789901889537?s=20

El marcaje o herraje de animales para distinguir al ganado o el sacrificio para consumo humano, también quedará excluido.

Se tífica el uso de animales para fines sexuales, es decir, actos de zoofilia, así como la venta, distribución, exhibición o difusión de imágenes, fotografías, videos u otro medio en que conste algún acto de zoofilia. CJG

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