Aunque por decreto presidencial quedó establecido desde el 27 de marzo de este año que ante la situación de emergencia de la pandemia por Covid-19, la Secretaría de Salud es libre de adquirir todo tipo de bienes y servicios sin efectuar un proceso de licitación pública, mantener estos procedimientos de adjudicación directa en el gobierno representa un riesgo de corrupción y la apropiación indebida de fondos públicos.
Ante esta situación, el Consejo de Abogados para los Derechos Civiles y Económicos advirtió la importancia de que organismos no gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil mantengan una vigilancia en estos métodos alternativos a los que ha recurrido el gobierno de Andrés Manuel López Obrador para la adquisición de insumos que hagan frente a la actual emergencia sanitaria, procurando que el proceso de adjudicación sea más expedito.
›Bajo el título Corrupción en tiempos de Covid-19: una perspectiva regional sobre contrataciones públicas, las y los profesionales del derecho enfocados en apoyar el estado de derecho, combatir la corrupción y para apoyar el trabajo de la sociedad civil, realizaron un análisis de las prácticas de 14 países de América latina, y en 12 de ellos se detectaron denuncias por corrupción vinculadas directamente con la contratación pública relacionada con la respuesta a la pandemia.
Organismo. Lawyers Council for Civil and Economic Rights advirtió el comportamiento de la Federación.
“A pesar de los esfuerzos realizados en la región, está claro que los mecanismos para combatir la corrupción son insuficientes. La mayoría de los países de la región ya enfrentaban graves riesgos de corrupción, y el hecho que la flexibilización de las disposiciones de la contratación pública abra espacios inmediatos para la corrupción, demuestra que no existen mecanismos eficaces para prevenir la corrupción, y que muchos gobiernos no han desarrollado sus mecanismos anticorrupción para una cultura de integridad”, señala el informe.
En el caso mexicano, el Lawyers Council for Civil and Economic Rights advierte que aunque el acelerar los procedimientos de contratación se derivó de la pandemia de Covid-19, el prolongar esta interpretación demasiado lejos podría implicar conductas inapropiadas. En ese sentido, el Consejo sostiene que estos procedimientos no equivalen a un “pase directo” para adjudicar contratos “sin licitación” por parte de los gobiernos federal y estatales.
“Desde la perspectiva de la transparencia, los procedimientos de adjudicación directa carecen de la transparencia de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, ya que la legislación aplicable no exige que los primeros sean publicados en la plataforma electrónica de acceso abierto, Compranet, ni que el otorgamiento sea atestiguado por el organismo de control interno de la institución pertinente”.
❝Los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas no se exige que sean publicados en la plataforma electrónica de acceso abierto, Compranet❞. Lawyers Council for Civil and Economic Rights.