Aunque Laura Morán y su hija Alejandra Cuevas —presa durante 528 días en el penal de Santa Martha Acatitla— fueron reconocidas como víctimas de violaciones a sus derechos humanos debido a la acusación “injustificada” del fiscal general Alejandro Gertz Manero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no incluyó en su resolución la posibilidad de investigar a las autoridades que pudieran tener responsabilidad en esas violaciones.
Este lunes, de manera unánime —aunque con posturas encontradas— el pleno del máximo tribunal determinó amparar a ambas mujeres acusadas por el titular de la FGR de haber sido responsables en la muerte de su hermano Federico, con el fallo, la orden de aprehensión vigente hasta hoy en contra de Laura Morán, y la prisión preventiva que mantenía presa a Alejandra desde finales de octubre de 2020 quedaron sin efectos.
Sin embargo, aunque varios de los ministros y ministras advirtieron el hecho de que ambas mujeres fueron víctimas de violaciones a sus derechos humanos por parte de las autoridades ante la “inexistencia” de un delito por el cual acusarlas, en la resolución del alto tribunal no se consideró el dar vista al ministerio público ni al Consejo de la Judicatura respecto a las probables responsabilidades u omisiones de la Fiscalía General de Justicia de la CDMX y la juez Marcela Ángeles Arrieta dieron cauce al proceso en su contra con base en un delito inexistente.
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En ese sentido, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá propuso al resto de los integrantes del pleno el que se “reconociera que la imputada y aquí quejosa (Laura Morán —pareja de Federico Gertz Manero por más de 50 años—) sufrió una afectación injustificada por parte de los órganos del Estado a su derecho de libertad personal y que, en virtud de lo anterior, reconociéramos su carácter de víctima de violación de derechos humanos, a efecto de que le sea posible acceder a los mecanismos de reparación integral que establece la Ley General de Víctimas”.
En una sesión donde si bien de manera concluyente las ministras y ministros determinaron que ni Morán ni su hija Alejandra fueron responsables de las probables omisiones que pudieron contribuir en la muerte del hermano del fiscal, y, por el contrario, hicieron en la medida que pudieron de salvaguardarlo, el pleno difirió en distintas consideraciones planteadas en el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena que anticipaba la liberación de acusaciones para ambas.
Uno de esos criterios fue el referente a analizar el caso con perspectiva de género como eje de la argumentación del proyecto, ya que el señalamiento en contra de Morán la ubicaba con la obligación de custodia de la vida de su concubino, y “como si fuese un talento adquirido en su condición de mujer”, planteó Ortiz Mena
En contraparte, el ministro Alberto Pérez Dayán consideró que “no existe aquí un tema ni de perspectiva de género, ni tampoco un tema de estereotipos, simple y llanamente no quedaron acreditados los elementos típicos del ilícito por el cual se le tiene privada de la libertad”, refiriéndose a la inexistencia de evidencias para acusar a Alejandra Cuevas de una figura inexistente como lo es la de “garante accesoria”, que avalaron las autoridades capitalinas.
Unas horas después del fallo, tras salir del penal femenil, Alejandra Cuevas declaró ante medios que ante la resolución de la Corte teme que haya represalias por parte del fiscal Gertz Manero, por lo que aseguró que buscaría una reunión con el presidente Andrés Manuel López Obrador para pedirle protección para ella y su familia.
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