Acusación de Gertz, inexistente e irracional

24 de Diciembre de 2024

Acusación de Gertz, inexistente e irracional

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La demanda del fiscal general contra su familia política está basada en “garante accesoria”, una figura inexistente en la legislación mexicana

El fundamento de la acusación del fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, en contra de su familia política, a quienes responsabiliza de la muerte de su hermano Federico, se basa en una figura inexistente en la legislación penal y además raya en “el límite de lo razonable”.

Así lo plantea el nuevo proyecto de sentencia a cargo del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, cuya discusión y votación en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está previsto para el próximo 28 de marzo, en el que se propone conceder la liberación inmediata de Alejandra Cuevas, así como la cancelación de la orden de aprehensión en contra de la madre de ésta, Laura Morán.

El proyecto en cuestión del cual hoy anunció la SCJN que “discutirá en breve”, señala que aunque la acusación del fiscal, la cual implicó que la jueza sexagésimo séptima penal de la Ciudad de México concediera una orden de aprehensión en contra de Alejandra Cuevas, misma que fue cumplimentada por agentes de la Fiscalía capitalina a finales de octubre de 2020, a ambas mujeres se les responsabiliza de haber sido negligentes en el cuidado del señor Federico Gertz.

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Sin embargo, el carácter de “garante accesoria” del que se le acusa a Alejandra no está contemplado en el código penal, lo cual fue anticipado por varias ministras y ministros durante la sesión del pasado 14 de marzo, cuando se determinó por mayoría de 10 votos desechar el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán y returnarlo para su “análisis de fondo” al ministro Ortiz Mena.

“El proyecto destaca que en el caso de la señora “A” (Alejandra Cuevas) se utilizó una figura inexistente en la legislación penal: la de garante accesoria. De acuerdo con la Constitución, no hay delito sin ley. Por tanto, el proyecto afirma que la inexistencia de la figura basta para eliminar cualquier responsabilidad (…) En el caso de la señora M (Laura Morán), el proyecto identifica que el deber de cuidado que se le impuso excede el límite de lo razonable”, señala el proyecto.

Y agrega: “No es posible esperar que una mujer sin conocimientos especializados y en franca situación de vulnerabilidad —pues tenía 88 años— se condujera como si tuviese habilidades excepcionales para evitar la muerte de una persona gravemente enferma”, subrayó la SCJNM respecto al nuevo proyecto cuya resolución final será acatada por el fiscal Gertz Manero, según él mismo reveló ante legisladores en una reunión privada que sostuvo con los integrantes de la Junta de Coordinación Política del Senado la semana pasada.

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