Pierde Pemex amparo contra prácticas anticompetitivas

15 de Noviembre de 2024

Pierde Pemex amparo contra prácticas anticompetitivas

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Juzgado federal falla contra Pemex y Pemex Refinación y valida facultades de la extinta CFC

Niegan amparo un juzgado federal a Pemex y Pemex Refinación en contra de la resolución de la extinta Comisión Federal de Competencia que ordena suprimir la práctica anticompetitiva impuesta a los franquiciatarios de contratar obligadamente el traslado de gasolina y diesel con personal, y equipo de las mismas. A través de un comunicado informó que el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, al resolver el juicio de amparo 15/2013 negó la protección de la justicia federal a Petróleos Mexicanos y Pemex Refinación, quienes reclamaban, entre otros actos, la inconstitucionalidad del artículo 36 de la Ley Federal de Competencia Económica.

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Así como la resolución del 20 de agosto de 2013, dictada por la entonces Comisión Federal de Competencia (CFC), en el procedimiento administrativo y acumulado iniciado en su contra, en el que fueron sancionados por prácticas anticompetitivas.

En el texto se precisa que la autoridad jurisdiccional determinó negar el amparo ya que no se actualizó la omisión legislativa que plantearon las quejosas para fundamentar la inconstitucionalidad del referido artículo; y por resultar infundados los conceptos de violación formulados respecto de la resolución del 20 de agosto de 2013 de la CFC.

Durante el juicio, Petróleos Mexicanos y Pemex Refinación no lograron acreditar que la entrega de gasolinas y diesel de las Terminales de Almacenamiento y Reparto a las Estaciones de Servicio sea una actividad propia del área estratégica de la industria petrolera, por lo que la CFC sí tenía facultades para sancionar la práctica anticompetitiva denunciada.

El órgano jurisdiccional ratificó que dicha práctica fue desplegada por un agente económico con poder sustancial en el mercado relevante de “comercialización al mayoreo de gasolinas y diesel a Estaciones de Servicio con una dimensión geográfica nacional”, que tuvo o puede tener el objeto de desplazar indebidamente e impedir el acceso de otros participantes en el mercado de entrega de gasolinas y diesel de las Terminales de Almacenamiento y Reparto a las Estaciones de Servicio.