Orden en Ayotzinapa

15 de Noviembre de 2024

Salvador Guerrero Chiprés

Orden en Ayotzinapa

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In this Friday, Oct. 17, 2014 photo, demonstrators protest the disappearance of 43 students from the Isidro Burgos rural teachers college in Acapulco, Guerrero state, Mexico. Thousands of protesters marched along Acapulco’s famed coastal boulevard Friday demanding the safe return of 43 missing students from a rural teachers college. The government is combing the hills of southern Guerrero state with horseback patrols and has divers looking in lakes and reservoirs behind dams, but has not found the youths missing since a confrontation with police Sept. 26 in the city of Iguala. (AP Photo/Eduardo Verdugo)

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Eduardo Verdugo/AP

¿Cuándo se inicia la obligación de un gobierno de poner orden?

Comienza en el momento en que asume su responsabilidad formal, después de un proceso de elección y en el instante mismo de rendir protesta ante el pueblo, el cual, debemos recordar, ejerce su soberanía popular a través de los Poderes de la Unión y de los Estados, todo ello según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Eso dicen los artículos 39 al 41 de la CPEUM.

La obligación de proteger la integridad de las personas es constitutiva de la ley y asociable directamente con los deberes del que recibe el mandato de obedecer a la soberanía popular. De tal manera que imponer el orden para proteger a las personas o para salvaguardar sus derechos no puede ser ni original ni fundamentalmente una maniobra retórica. Lo es sólo después de la obligación de resguardar el orden superior positivo descrito en la ley.

La obligación de encontrar a los 43 desaparecidos de Ayotzinapa involucra esencialmente a la autoridad. Se trata de la estatal o federal. La conveniencia de sujetarse al imperio de la ley para efectos mediáticos obedece también, ciertamente, a una prioridad siempre presente, indispensable, en los sistemas donde la competencia democrática, esto es, para efectos de este artículo, la presentación de contendientes por el poder, el pragmatismo de conservar el poder.

Esa prioridad es básicamente la de mantener el liderazgo de un grupo mediante la garantía de su reproducción en la elite. Ello implica, inevitablemente también, conservar la legitimidad, mantener como creíble a la autoridad en el sentido, en este caso con los desaparecidos, de representar el esfuerzo determinado en la localización de los desaparecidos. Así que declarar que se envía a fuerzas federales de un lugar y otro para disminuir los riesgos de seguridad es simplemente reconocer que 1) se actúa tardíamente dado que el registro de debilidad institucional precede incluso a la desaparición de personas en Guerrero o en el Estado de México; 2) la presunción de las virtudes de planeación o es insincera o es inútil puesto que se decide el despliegue después de las desapariciones; 3) la capacidad de imponer el orden ocurre también tardíamente, eso si asumimos que desplegar fuerzas es imponer el orden claro, puesto que es obligación constitucional garantizarlo…desde el inicio de una administración.

Dónde el liderazgo para imponer el orden parece imbatible es en a imposición del orden…retórico. Indirectamente lo revela la encrucijada de las izquierdas en México y en particular del PRD y Morena, con sus respectivos precandidatos y candidatos vinculados al gobernador Ángel Aguirre o a las autoridades municipales prófugas.

Incluso en ese “orden”, el retórico, las izquierdas podrían desempeñar un mejor rol siempre y cuando aceptaran el riesgo inconveniente de asumir los costos políticos de parecer o incongruente o de pasar por ingenuos y estar en condición, no tan lejana por cierto, de perder Guerrero a manos del…PRI, dueño momentáneo del orden…retórico.